sábado, 2 de junio de 2012

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Colombia: Grave Caso De Misoginia Y Lesbofobia En Una Discoteca LGBT De La Ciudad De Cartagena

El domingo 20 de mayo, una mujer fue gravemente herida y la defensora de derechos humanos que la auxiliaba, fue objeto de discriminación y amenazas.
La Corporación FEMM, organización de la sociedad civil que propende por el respeto y reconocimiento de derechos de las personas de los sectores LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, personas trans) y de todas las mujeres en situación de vulnerabilidad, repudiamos públicamente y expresamos nuestra censura ética a los actos violentos que pusieron en riesgo la vida y la integridad personal de una joven de 23 años, diseñadora de modas, quien fue víctima de agresiones graves que comprometieron su vida; y las amenazas verbales y discriminatorias de las que fue víctima nuestra compañera Cristina González Hurtado, activista, lideresa lesbiana y defensora de derechos humanos, directora de la Corporación Femm, quien buscaba auxiliar a la joven. Exigimos a las autoridades la investigación oportuna y las sanciones requeridas para garantizar la defensa y restitución de los derechos que les fueron vulnerados.

En la madrugada del domingo 20 de mayo de 2012, según relata la Directora de la Corporación FEMM, la activista y lideresa lesbiana Cristina González Hurtado, ella, en compañía de otra mujer, encontraron en la Calle Larga de la Ciudad de Cartagena, frente a la Discoteca Studio 54, una mujer en estado de inconciencia, que según testigos, al parecer fue lanzada desde el andén y cayó en la mitad de la calle. En palabras de un testigo: “a la joven la sacaron de la discoteca, cogida por el pelo y la tiraron del andén a la calle”; versión que fue sustentada por un segundo testigo, cliente de la discoteca, quien agregó que: “…a la joven la golpearon muy fuerte al interior del establecimiento”.

Esta situación fue conocida momentos después por un grupo de policías pertenecientes al CAI del Cuadrante Centenario 24, que se encontraban de ronda en el sector, quienes al ser abordados por la defensora de derechos humanos para atender la joven herida, manifestaron en ese momento no poder adelantar ningún procedimiento para llevarla a un centro asistencial; por el contrario, procedieron a agredir verbalmente y proferir trato discriminatorio y lesbofóbico hacia la activista lesbiana y defensora de derechos humanos, amenazándola con detenerla por su orientación sexual y por haber estado en la discoteca Studio 54, pues portaba aún la manilla que identifica a la clientela del lugar.

La activista Cristina González Hurtado registraba con su cámara fotográfica los hechos mientras lograban detener un vehículo que transportara a la joven herida, entre tanto, los agentes de policía y el personal de seguridad del establecimiento trataban de impedir que quedaran registrados sus números de chaleco y las caras de lxs posibles testigos. La defensora de derechos humanos intentó hablar con el administrador de la discoteca, se identificó con él, tratando de indagar por las agresiones recibidas por la joven al interior del establecimiento. El administrador de la discoteca repuso en repetidas ocasiones que él con lesbianas no hablaba, cerrándole la puerta en la cara a ella y a su acompañante. Momentos después, el personal de seguridad de la discoteca intimidó a Cristina con quitarle la cámara fotográfica y con llamar a la policía por presuntas agresiones que Cristina le ocasionó a uno de los guardias de seguridad.

La joven herida e inconsciente fue llevada por un taxi, inicialmente al Hospital de Bocagrande donde no se le presto atención médica por estar sin documentos, y luego en una patrulla de la policía fue conducida al Centro Médico la Esperanza, Localidad 1 de Cartagena, donde pasadas varias horas recobró el conocimiento, recibió varias suturas en el cráneo y en el rostro, después fue conducida a la fiscalía para que le practicaran el examen médico-forense. La compañera Cristina González, trato de ubicar a la joven en el Hospital Bocagrande, hasta que pasado un rato, logró seguirla hasta el Centro Médico La Esperanza, donde la joven, después de cuatro horas de haber sido lesionada recobró el conocimiento y fue posible contactar a sus familiares.

Aunque Colombia ha venido ratificando una serie de instrumentos internacionales destinados a la erradicación de todo tipo de acto discriminatorio y violento contra las mujeres y también se ha desarrollado un marco normativo nacional para atender esta problemática, como la Ley 1257 de 2008 que tiene por objeto “garantizar para todas las mujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional, el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su protección y atención” tipificando el delito y agravando las penas por crímenes, lesiones personales y homicidios cometidos hacia las mujeres por razón de su género (ser mujer), aún seguimos evidenciando agresiones sistemáticas contra las mujeres sin que haya una respuesta efectiva para contrarrestar este tipo de acciones. En esa misma línea, el Estado Colombiano crea la Ley 1482 de 2011 – Estatuto Antidiscriminación, donde establece los parámetros legales para garantizar la protección de los derechos de una persona o colectivo poblacional en riesgo de vulneración, prohibiendo cualquier acto de discriminación hacia las personas motivado por su sexo, raza, orientación sexual o identidad de género, esto en vista de los constantes hechos discriminatorios que sufren muchas personas o colectivos en Colombia, dentro de los cuales se encuentran las mujeres y personas de los sectores LGBTI.

Ante este hecho, la Corporación FEMM, manifiesta su rechazo por el trato y las agresiones que han puesto en riesgo la vida de la joven diseñadora y la vulneración a la dignidad, integridad, igualdad y libertad de la activista y defensora de derechos humanos, ante la solicitud hecha por ella de protección de derechos de la mujer víctima de la agresión.
Solicitamos a la Policía Metropolitana en el marco de la Directiva 006 de 2010, que la compromete con la protección especial de las personas discriminadas en razón de su orientación sexual o identidad de género, y con protocolos pertinentes de atención para incidentes en espacios de encuentro y socialización de éste grupo poblacional, y en la aplicación de la Ley 1482 de 2011 – Estatuto Antidiscriminación, que protege a los grupos poblacionales históricamente discriminados como es el caso de las mujeres y de la población LGBT, que tome las medidas correspondientes para abrir la investigación y esclarecimiento de los hechos, en los cuales estuvieron vinculados los Policías del CAI del Cuadrante Centenario 24; que en ejercicio de sus funciones omitieron la atención a una mujer víctima de violencia y agredieron verbalmente con trato discriminatorio a la activista lesbiana y defensora de derechos humanos, a través de expresiones y actitudes lesbofóbicas usadas por los agentes.
En primer lugar expresamos NUESTRA CENSURA ÉTICA ante todos y cada uno de los hechos de violencia y discriminación de los que fueron víctimas las mujeres en mención y solicitamos con todo respeto, en virtud de las competencias institucionales que correspondan lo siguiente:

1.    Solicitamos a la Fiscalía que con base en los testimonios de las personas presentes, los exámenes forenses aplicados y la situación de déficit de derechos que sufren las mujeres y personas de los sectores LGBT, avance de manera rápida y expedita en la aclaración de los hechos y las sanciones correspondientes, reconociendo que en este caso, las victimas son mujeres y una de ellas, es defensora de derechos humanos, que se apliquen las Leyes 1257 de 2008 – Derecho a una vida libre de violencias - y la 1482 de 2012 – Estatuto Antidiscriminación.

2.     Solicitamos a la Fiscalía que esclarezca la situación presentada dentro del establecimiento comercial llamado Studio 54, donde al parecer le ocasionaron las heridas a la joven víctima de 23 años de edad, para que el responsable o responsables, asuman las consecuencias penales y civiles por las agresiones físicas, los daños morales, psicológicos y económicos sufridos por la mujer víctima, así como por los actos discriminatorios, misóginos y lesbofóbicos hacia la defensora de derechos humanos, del pasado 20 de mayo.

3.     Solicitamos también que se investigue y se tome las medidas pertinentes frente a la conducta y procedimientos del servicio médico del Hospital Bocagrande que se negó a atender a la joven bajo el argumento de estar indocumentada, pese a estar inconsciente y presentando múltiples y visibles heridas.

4.    Solicitamos que la Policía inicie investigación y traslade a la Procuraduría, la conducta policial de los agentes de policía para con la joven, al encontrarla herida en la vía pública y no asistirla, y por el trato discriminatorio y lesbofóbico contra una defensora de derechos humanos que prestaba ayuda humanitaria a la mujer herida.

5.    Solicitamos a la Policía instaurar medidas de protección necesarias para la mujer víctima de violencia y misoginia, y para la mujer defensora de derechos humanos, quien fue vulnerada en su integridad personal, al igual que para las mujeres y la población LGBT y sus representantes en la ciudad de Cartagena.

6.    Pedimos de inmediato la actuación del Ministerio Público en lo local: Personería y Defensoría del Pueblo, para que garanticen y protejan los derechos de éstos grupos poblacionales (mujeres y LGBT), víctimas de exclusión y discriminación en razón de su género, sexo, orientación sexual e identidad de género.

7.    Finalmente, solicitamos a la Administración Distrital de Cartagena, en su función de proteger a los grupos más vulnerados y desprotegidos, velar para garantizar la no discriminación y el respeto a los derechos humanos, y que estas sean condiciones mínimas exigidas para otorgar, prorrogar y garantizar los permisos de funcionamiento de locales y establecimientos comerciales que sirven a la ciudad, así como las bases para poner en marcha de inmediato, acciones afirmativas contra la discriminación en Cartagena por la orientación sexual o la identidad de género de las personas.
Licencia del artículo: Copyright - Titular de la Licencia de artículo: FEMM

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